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Declaración de la Renta: Puntos a tener en cuenta y deducciones estatales y autonómicas

12 Abr 2021 | Blog

Se acerca uno de los momentos más temidos para las familias españolas: la declaración de la renta. Y este año, con la tramitación de ERE y ERTE, la cosa se complica. Desde el 7 de abril y hasta el 30 de junio se tramitarán unos 20 millones de declaraciones, de los cuales alrededor del 70% será a devolver. En este post te explicamos qué puntos debes tener en cuenta para tramitar tu borrador sin precipitarte, y qué deducciones autonómicas y estatales te puedes aplicar.

Algunas novedades de la Renta 2020

La campaña de la renta de 2020 presenta algunos cambios respecto años anteriores, aunque poco significativos. Uno de los principales es un mayor porcentaje en las deducciones por donativos: en la renta de 2020, se podrá deducir el 80% de los primeros 150 euros aportados a ONG y fundaciones, así como los realizados a las entidades beneficiarias del mecenazgo para hacer frente al COVID-19.

Por otro lado, se ha actualizado la lista de deducciones por incentivos a la inversión empresarial: este cambio se repite año tras año, con lo que conviene revisar esta lista por si aplicara alguna deducción por inversión.

Trabajadores en ERTE

La gran duda reside en los trabajadores que han estado en ERTE durante el 2020. A modo de resumen, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se considera un pagador más a efectos fiscales, con lo que afecta a los límites que determinan la obligatoriedad, o no, de presentar el IRPF. En este sentido, cabe recordar que, como norma general, no estás obligado a presentar la renta si has cobrado menos de 22.000 euros anuales de un solo pagador, y no has percibido ningún otro tipo de rendimiento. Si has tenido más de un pagador, y uno de los pagadores secundarios ha superado los 1.500 euros, esta cifra se reduce a 14.000 euros.

Según datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), debido a la situación de ERTE provocados por la COVID-19, este año habrá unos 327.000 nuevos declarantes que antes no estaban obligados a presentar la Renta. Si este es tu caso, la AEAT prevé poder fraccionar la devolución en 6 pagos, siempre que hayas estado en ERTE durante el 2020.

Deducciones estatales

Señalamos, a continuación, algunas de las casuísticas más comunes que podrían ayudarte a deducir parte del IRPF a devolver a la Agencia Tributaria mediante deducciones o beneficios fiscales:

  • Planes de pensiones (y otros productos de previsión social): Son deducibles en la base imponible general del IRPF entre un 19 y un 45% del capital aportado. Cabe mencionar que existen límites al respecto.
  • Maternidad: Las madres con hijos menores de 3 años pueden deducirse hasta 1.200 euros anuales por hijo, siempre que estén dadas de alta en la Seguridad Social o desempeñen alguna actividad económica. Esta deducción se puede aplicar en la Renta o bien de forma mensual.
  • Familia numerosa o con personas con discapacidad a cargo, ya sean ascendientes o descendientes: Los contribuyentes que se hallen en las dos situaciones descritas podrán obtener deducciones en la renta de entre 1.200 euros por persona a cargo con discapacidad hasta 2.400 euros, en el caso de familia numerosa.
  • Alquiler de vivienda habitual: Los contribuyentes con alquileres con fecha anterior al 1 de enero de 2015 pueden deducirse el 10% de las cantidades satisfechas, siempre que su base imponible no supere los 24.107,20 euros. Esta es una de las deducciones que también tiene aplicación autonómica.
  • Adquisición de vivienda o rehabilitación de la misma: Esta deducción de hasta el 15% solo aplica a viviendas compradas o rehabilitadas antes del 1 de enero de 2013. Las compras efectuadas después de la fecha indicada no gozan de deducciones en la Renta.
  • Cultura: Por inversiones de interés cultural, se puede desgravar el 15% de la aportación realizada.
  • Cuotas de afiliación a partidos políticos: Se puede desgravar el 20%, con un límite de 600 euros.
  • Otras deducciones menos conocidas y aplicadas: Cesión de derechos de imagen, por transparencia internacional o por doble imposición internacional de rentas obtenidas en el extranjero.

Deducciones autonómicas

Estas deducciones son aplicadas por cada Comunidad Autónoma y los porcentajes de desgravación y conceptos cambian en cada una. Las deducciones pueden ser de distinta índole, aunque hay algunas que se repiten. Por ejemplo, en materia de vivienda, aplican deducciones la mayoría de las Comunidades. Sin embargo, otras son más particulares, como en materia de sostenibilidad, donde Castilla y León ofrece una deducción del 15% hasta un máximo de 4.000 euros por la compra de un coche eléctrico o híbrido o, La Rioja, también por la compra de bicicletas de “pedaleo no asistido”.

Además, Cataluña ha establecido un mínimo personal y familiar del contribuyente de 6.105 euros, para los contribuyentes residentes en su territorio cuya suma de las bases liquidables general y del ahorro sea igual o inferior a 12.450 euros.

Se recomienda consultar el portal de la Agencia Tributaria para confirmar las deducciones existentes en cada Comunidad.