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Revolución tecnológica: las firmas digitales para contratos de alquiler aumentaron un 40% en el período de marzo a septiembre de 2020

13 Nov 2020 | Blog

La pandemia ha cambiado nuestras vidas en distintos aspectos; de hecho, podríamos afirmar que el confinamiento ha dado un empujón al uso de la tecnología en las tareas ordinarias, como pueden ser las firmas de los contratos de arrendamiento, novaciones y anexos modificativos. Al tener restricciones de movilidad para contener la propagación del virus y el aumento de contagios, la mayoría de las firmas para contratos de alquiler en el período de marzo a septiembre de 2020 fueron digitales, aumentando un 40% con respecto al mismo período del año pasado.

Según el informe de Tecnotramit, durante los meses de marzo a septiembre de 2020 se firmaron digitalmente 705 contratos de alquiler; las mismas cifras de 2019 resultan radicalmente diferentes, ya que solo un 0,28% de los contratos de arrendamiento se firmaron de forma digital. En concreto, en Cataluña, durante los meses de marzo y septiembre se han registrado 410 contratos de alquiler firmados digitalmente; solo en Barcelona son 331 las gestiones de arrendamiento agilizadas gracias a la firma digital, entre ellas contratos de arrendamiento, novaciones y anexos modificativos.

Las firmas digitales recortan costes

Al eliminar los costes de desplazamiento, de impresión de documentos, que ayudan a la eco sostenibilidad del medioambiente, y los honorarios de la persona apoderada que acude a la firma, la digitalización de las firmas supone un ahorro de entre el 20 y el 35%.

Además, la comodidad y conciliación para el cliente final es un valor añadido en el proceso de la firma digital, ya que, gracias a esta innovación tecnológica, se puede prescindir de la obligación de las citas concertadas en un tiempo determinado y la necesidad de estar en el mismo lugar para poder firmar.

Pasos para firmar digitalmente

El procedimiento de la firma digital se realiza en una plataforma online, sin necesidad de descargar ninguna aplicación y mediante cualquier dispositivo. Para realizar una firma digital, es necesario un correo electrónico y un número de teléfono móvil cuyo titular sea el firmante.

Cuando se genera la firma digital, el firmante recibe un correo electrónico informándole de la disponibilidad de un contrato para firmar. Accediendo al enlace, deberá identificarse con el DNI, descargar y leer el documento a firmar. Posteriormente, en la fase de verificación, recibirá un código PIN en el teléfono móvil: introduciéndolo en la plataforma, se producirá la firma del documento, el cual se le remitirá por correo electrónico junto con un certificado con la trazabilidad de la operación de firma emitido por un agente certificador homologado y totalmente ajeno a las partes que intervienen en el documento.

Una vez finalizado el procedimiento, el documento firmado queda depositado notarialmente, otorgando mayor robustez a la operación de firma, dado que, para alterar la matriz de prueba, se precisa la connivencia de todos los notarios también interpuestos en la transacción. En el proceso pueden intervenir tantos firmantes como sea necesario.